18, junio, 2025

A partir de qué sueldo bruto se empezará a pagar Impuesto a las Ganancias en julio

En base al dato de inflación de mayo, y estimando un número similar para junio, un tributarista analizó cuál puede ser el nuevo mínimo no imponible

18/06/2025 – 12:44hs

A partir de julio de 2025, miles de trabajadores en relación de dependencia volverán a estar alcanzados por el Impuesto a las Ganancias debido a la actualización de las escalas que se aplica dos veces al año.

Según estimaciones de tributaristas, quienes perciban sueldos brutos mensuales superiores a los $2,3 millones deberán prepararse para que se les empiece a retener el tributo en el segundo semestre.

Con una inflación estimada del 1,5 % para junio -igual que en mayo-, el ajuste de los valores se calcula sobre una suba acumulada del 14,96% en los primeros seis meses del año. Esa actualización impactará directamente sobre el mínimo no imponible del impuesto, y regirá desde los haberes liquidados en julio.

Qué sueldo comenzaría a pagar el Impuesto a las Ganancias en julio 2025

Los nuevos pisos salariales estimados para quedar alcanzado por el impuesto, según la situación familiar del contribuyente, serían los siguientes:

  • Soltero sin hijos: desde $2.329.287,39 brutos, o $1.933.316,83 netos
  • Soltero con 1 hijo: desde $2.520.039,89 brutos, o $2.091.633,11 netos
  • Soltero con 2 hijos: desde $2.710.782,39 brutos, $2.249.949,38 netos
  • Casado sin hijos: desde $2.707.526,86 brutos, $2.247.247,29 netos
  • Casado con 1 hijo: desde $2.898.269,36 brutos, $2.405.563,57 netos
  • Casado con 2 hijos: desde $3.089.011,87 brutos, $2.563.879,85 netos

Estos cálculos toman como referencia una alícuota promedio de retención del 17%, e incluyen la parte proporcional del aguinaldo. El consultor Ariel Bassanetti, autor de las estimaciones, remarcó que el valor final puede cambiar según cómo termine la inflación de junio y la interpretación final de la normativa por parte de ARCA.

Bienes Personales y Ganancias: contadores reclaman más plazo

Mientras se aguarda la confirmación oficial de los nuevos montos para el impuesto, hay otra preocupación para los contribuyentes: los vencimientos de las declaraciones juradas anuales de Ganancias y Bienes Personales, que originalmente estaban previstos para el 23 y 24 de junio.

ARCA otorgó una prórroga mínima de tres días hábiles, lo que generó quejas por parte de los contadores, quienes ahora piden que se postergue hasta el 30 de junio.

Además, ARCA habilitó un nuevo régimen de facilidades de pago (Resolución General 5711/2025) para regularizar deudas vencidas al 30 de abril. Esta moratoria permite abonar en cuotas sin tope de planes y con una tasa fija del 50 % del interés resarcitorio. El importe mínimo por cuota es de $2.000, y el plan caduca con dos cuotas impagas, consecutivas o alternadas.

ARCA: podrán adherir al nuevo régimen de Ganancias quienes obtengan renta del exterior

El nuevo régimen simplificado de Ganancias para personas físicas incorporará en los próximos días una novedad clave para quienes invierten o perciben ingresos fuera del país: la posibilidad de adherir incluso si se obtienen rentas del exterior.

Así lo adelantó Juan Pazo, titular de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) quien explicó que están “generando los mecanismos” para incluir en el esquema a los contribuyentes con ingresos provenientes de otros países.

“Quien factura dinero en el exterior, que tiene actividad afuera, va a poder sumarse al régimen. Estamos preparando una reglamentación para que en los próximos días puedan adherir también quienes tengan renta del exterior”, afirmó el funcionario en declaraciones radiales.

Hasta ahora, la norma era limitante: la adhesión al régimen simplificado sólo estaba disponible para quienes tuvieran “rentas de fuente argentina en forma exclusiva”. Eso dejaba afuera a los contribuyentes con renta del exterior -como argentinos que alquilan propiedades fuera del país-.

“El problema es que ahora no podemos predeterminar el impuesto de la renta del exterior, porque si bien tenemos un régimen de intercambio de información con otros países, no nos llega la información al mismo tiempo que vence la declaración. Entonces, el control será ex post (después de)“, aclaró Pazo.

Por lo tanto, el cambio que adelantó Pazo implicaría, en la práctica, una reinterpretación de la norma inicial. “El régimen simplificado les va a predeterminar una parte del impuesto que corresponde a la tributación nacional, y el contribuyente va a tener que declarar la parte que corresponde a la renta extranjera. Va a ser una combinación de ambas”, precisó el titular de ARCA.

Lo concreto es que desde julio, más trabajadores empezarán a pagar Ganancias debido al ajuste de escalas semestral, en un contexto donde el poder adquisitivo sigue siendo un tema sensible. Y en paralelo, profesionales y contribuyentes buscan alivio en los plazos para cumplir con sus obligaciones tributarias sin quedar expuestos a sanciones por demoras.

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